Adecuación de Tierras - ADT

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¿Qué es ADT?

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Distritos de Riego / Distritos de Adecuación de Tierras (DAT)

Sistemas de Riego Individuales y Comunitarios (SRIC)

Formulación y Postulación Proyectos ADT FONAT

Trámites Asociaciones de Usuarios de Distritos

No se deje engañar por tramitadores de proyectos o profesionales inescrupulosos que le ofrezcan tramitar, formular, presentar o postular proyectos al FONAT. Denuncie cualquier irregularidad al correo denuncia ciudadana: denuncias@adr.gov.co.

¿Qué es la Adecuación de Tierras?

Es un servicio público orientado a promover el desarrollo rural mediante la construcción de infraestructura para riego, drenaje y protección contra inundaciones, acompañado de acciones complementarias que mejoran la productividad agropecuaria, los ingresos de los productores y sus condiciones de vida, bajo criterios de sostenibilidad y ordenamiento productivo territorial.

De conformidad con la Ley 41 de 1993, este servicio comprende tanto la ejecución de obras como las actividades necesarias para su adecuada operación y aprovechamiento.

Ciclo de la ADT

La ADT se desarrolla como un proceso integral compuesto por cuatro etapas:

  1. Preinversión: Estudios técnicos, económicos, sociales, ambientales y jurídicos (Fases 0 a III).
  2. Inversión: Construcción, ampliación, rehabilitación, complementación y/o modernización.
  3. Administración, operación y mantenimiento: Prestación del servicio a los beneficiarios.
  4. Evaluación ex post: Medición de resultados de impacto para mejora continua.

Fuente: UPRA.

Consiste en la elaboración de los estudios técnicos, económicos, jurídicos, financieros, sociales y ambientales, para definir la viabilidad del proyecto de adecuación de tierras. Se compone de cuatro fases: Fase 0 – Idea. Fase I – Perfil. Fase II – Prefactibilidad. Fase III-Factibilidad.

Comprende la construcción de obras en proyectos nuevos, así como las de rehabilitación, ampliación, complementación, modernización de distritos existentes.

Se realiza la prestación del servicio de riego, drenaje y/o protección contra inundaciones a los beneficiarios de la infraestructura construida con un proyecto de adecuación de tierras. Consiste en empezar a proveer los bienes y servicios para los cuales fue diseñada la infraestructura, por lo que se requiere la gestión gerencial para realizar la administración, operación, conservación y manejo integral.

Consiste en evaluar los objetivos, cumplimiento de las metas y los resultados generados por los proyectos de adecuación de tierras, previamente seleccionados, aportando insumos para análisis posteriores que permitan la asignación eficiente de los recursos de inversión y el proceso de mejoramiento continuo del ciclo de la ADT, bajo los criterios de pertinencia, eficiencia, eficacia, economía, calidad y sostenibilidad.

La Adecuación de Tierras (ADT) cuenta con dos tipos de infraestructura y dos instrumentos de acceso:

Entidades competentes en Adecuación de Tierras

La gestión articulada de las entidades del subsector de adecuación de tierras permite la planificación y ejecución de intervenciones integradas que contribuyen al desarrollo rural alrededor del ordenamiento territorial alrededor del agua.

Agricultura

Rector de la política de adecuación de tierras. Se encarga de planificación, supervisión y regulación del servicio público de adecuación de tierras (ADT) en Colombia.

Unidad de Planificación Rural Agropecuaria

Se encarga de la planificación y gestión de proyectos de infraestructura (como riego y drenaje) para mejorar la productividad rural.

Agencia de Desarrollo Rural

Es el ejecutor de la política de adecuación de tierras en Colombia.

Fondo Nacional de Adecuación de Tierras

El Fondo Nacional de Adecuación de Tierras: Unidad administrativa de financiamiento del Subsector de Adecuación de Tierras, cuyo objetivo es financiar los estudios, diseños y construcción de las obras de riego, avenamiento, reposición de maquinaria y las actividades complementarias al servicio de ADT para mejorar la productividad agropecuaria, esto último de acuerdo con la reglamentación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de conformidad con lo dispuesto en el literal d) sobre costos del Artículo “Sistema y método para la determinación de las tarifas.

Herramienta de consultas – Mapa de Distritos

Pagos tarifas y recuperación inversión

En cumplimiento de su misión de administrar algunos distritos de riego y/o drenaje, junto con las asociaciones de usuarios, la ADR recauda el valor de las tarifas para la prestación del servicio público de adecuación de tierras en cinco (5) distritos de mediana y gran escala, de su propiedad, y que administra directamente, ubicados en los departamentos de Atlántico y Córdoba. (Ver tabla)

Así mismo, gestiona y realiza seguimiento a la cartera por concepto de recuperación de la inversión en 42 distritos de adecuación de tierras, distribuidos en diferentes regiones del país, así:  (Ver tabla)

Realice el pago en el botón PSE

Distritos de Riego o Distritos de Adecuación de Tierras

Definición de Distritos de ADT

Son áreas organizadas para la producción agropecuaria que cuentan con infraestructura de riego, drenaje o protección contra inundaciones, gestionada por una asociación de usuarios, responsable de su administración, operación y mantenimiento.

Características técnicas de los DAT

Componentes técnicos:

  • Captación de agua
  • Sistema de conducción
  • Sistema de distribución
  • Sistema de Drenaje
  • Control y medición
  • Métodos de riego.

Gráfica ilustrativa distrito de riego de pequeña irrigación

imagen-distrito-de-riego-de-pequeña-irrigacion

Fuente: Dirección Adecuación de Tierras, 2025.

Clasificación

Se clasifican en pequeña, mediana y gran escala, según número de hectáreas y beneficiarios:

  • Hectáreas mínimas y máximas, y usuarios mínimos distritos de ADT (Ver tabla)

Gestión institucional

La ADR administra distritos de su propiedad directamente o mediante asociaciones de usuarios, garantizando la prestación eficiente del servicio.

Inventario de Distritos de Adecuación de Tierras de Colombia

Colombia cuenta con 775 distritos activos y 55 inactivos, debido a procesos de desafectación y depuración, tras la no operación y falta de administración, por parte de las comunidades.

  • Resumen de cantidad de distritos activos, inactivos, hectáreas, usuarios, etc. (Ver tabla)
Administración, Operación y Mantenimiento de Distritos de Adecuación de Tierras

La ADR administra, opera y conserva 75 distritos de adecuación de tierras, de forma directa o mediante asociaciones de usuarios, garantizando la adecuada prestación del servicio.

Sistemas de Riego Individuales o Comunitarios – SRIC

Definición de SRIC

Los SRIC corresponden a soluciones prediales individuales o colectivas de riego que permiten el suministro eficiente de agua para la producción agropecuaria.

  • Individual: Persona natural
  • Comunitario: Organizaciones o grupos de productores

La verificación de hectáreas y beneficiarios en proyectos de sistemas de riego se define según el modelo de atención (individual o comunitario), y el área máxima está limitada por el incentivo no reembolsable de hasta 37 SMMLV por beneficiario.

  • Hectáreas mínimas y máximas, y beneficiarios mínimos modelos atención de SRIC (Ver tabla)

Un proyecto de riego puede integrar varios modelos de atención para aprovechar economías de escala, pudiendo superar las 30 hectáreas mediante la agrupación de unidades individuales; su verificación se realiza con el formato F-ADT-084.

Listado de postulantes a proyectos de sistemas de riego individuales y comunitarios, orientados a mejorar la productividad y el uso eficiente del agua en el sector agropecuario. (Ver tabla)

  • Ser mayor de edad y colombiano.
  • Acreditar relación con el predio.
  • Cumplir condiciones de pequeño productor.
  • No presentar antecedentes vigentes.
TENGA EN CUENTA: Los pequeños y medianos productores que estén integrados en un esquema asociativo y necesiten acceder al riego a nivel predial, es decir, en su propio predio, parcela o finca—, sin requerir la construcción de un Distrito de Riego, también pueden seguir la ruta de atención de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural (PIDAR), sin límite de financiación por beneficiario.

Formulación y postulación de proyectos de Adecuación de Tierras al FONAT

¿Quién se puede postular?

Personas naturales, organizaciones y entidades territoriales.

Mecanismos de acceso:

  • Postulación permanente: Mecanismo de demanda usado actualmente para postular proyectos al FONAT de forma permanente, es decir, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año los interesados pueden postular los proyectos formulados enviando los documentos al correo electrónico correspondencia@adr.gov.co o radicando en físico en la sede central de la ADR (CAN Bogotá) o en las Unidades Técnicas Territoriales (UTT) ubicadas en las regiones principales.
  • Focalización: Mecanismo de oferta usado por el Gobierno Nacional para focalizar territorios o población para la postulación de proyectos al FONAT de forma exclusiva. Actualmente el FONAT tiene focalización activa para:
  1. Predios de reforma agraria
  2. Municipios PDET

Los interesados que sean beneficiarios de reforma agraria o que se encuentren en municipios PDET pueden postular los proyectos formulados enviando los documentos al correo electrónico correspondencia@adr.gov.co  o radicando en físico en la sede central de la ADR (CAN Bogotá) o en las Unidades Técnicas Territoriales (UTT) ubicadas en las regiones principales.

  • Concurso abierto (Convocatoria): Mecanismo de demanda que puede usar el FONAT para realizar concurso o convocatoria para la postulación de proyectos formulados al FONAT de acuerdo con unos términos de referencia específicos con una fecha de inicio y de cierre establecidas.

Actualmente el FONAT NO tiene abiertos concurso abierto o convocatoria para postular proyectos, el mecanismo habilitado es la postulación permanente.

Enfoque del proceso

La formulación de un proyecto de adecuación de tierras es un proceso integral que incluye:

  • Estudios básicos: Estudios de campo requeridos para planificar el proyecto como estudios de: cartografía y/o topografía, geotecnia, agrología, catastral, climatología y meteorología, hidrología, sedimentología, freatimetría, riesgo sísmico, hidrogeología (cuando se contemplan aguas subterráneas), sociales y organizacionales, y situación actual de mercado, agropecuaria, ambiental y de ingeniería.
  • Diagnóstico: Con base en los estudios básicos se consolida un diagnóstico integral que sintetiza y concluye los diferentes aspectos de la situación del proyecto, considerando las características físicas, climáticas, sociales, económicas, técnicas y ambientales más sobresalientes de la zona por beneficiar y de su área de influencia.
  • Planeación: Con base en los estudios básicos y diagnóstico se planifica el proyecto; esta planificación incluye el estudio de mercado, el plan agropecuario (líneas productivas del futuro proyecto), determinación de las demandas de agua (necesidades de riego), el plan de ingeniería (planteamiento de la fuente de abastecimiento de agua, las obras de infraestructura y equipos requeridos), plan de organización de los usuarios (constitución y fortalecimiento de asociación de usuarios), plan de organización del proyecto (costos de AOC, tarifas, recuperación de inversiones y plan de manejo integral), aspectos ambientales (licencias y permisos) y sociales (consulta previa) y costos totales del proyecto (costos obras y planes asociados).
  • Evaluación: Se realizará la evaluación del proyecto, económica y financiera, para determinar la conveniencia de continuar con el proyecto y sus repercusiones económicas y financieras, considerando precios sombra y de mercado.
  • Soportes documentales: El proyecto debe contar con los informes, planos y estudios debidamente firmados por los profesionales que los elaboraron. Así como listado de predios, listado de beneficiarios y demás soportes necesarios para la postulación al FONAT.

Para el caso de presentación de ideas de proyectos nuevos de distritos de adecuación de tierras, se deben presentar, únicamente lo siguiente:

  1. Formato F-ADT-103Ficha técnica nuevo proyecto de distritos de adecuación de tierras – Fase 0 – Ideal del proyecto”: Documento requerido para la presentación inicial de proyectos nuevos que no cuentan con estudios de preinversión en fases I, II o II (Aplica únicamente para la fase 0 – idea del proyecto)  
  2. Formato F-ADT-085Listado de Beneficiarios y Caracterización FONAT”: Debe diligenciarse con la información correspondiente a la cantidad inicial de potenciales beneficiarios del proyecto. 
  3. Formato F-ADT-002Listado de predios a beneficiar proyectos de adecuación de tierras”: Debe contener la cantidad inicial de predios potenciales a beneficiar con el proyecto.

Este es el caso en que una comunidad solo tiene la idea o necesidad de desarrollar un distrito de riego o distrito de adecuación de tierras y no cuenta con los estudios de preinversión necesarios para llevarlo a cabo.

En el caso de presentación de ideas de proyectos nuevos de Sistemas de Riego Individuales o Comunitarios, se deben presentar únicamente lo siguiente:

  1. Formato F-ADT-104 “Ficha de información sistemas de riego individuales o comunitarios”, para postulación inicial de una iniciativa de proyecto de sistemas de riego individual o comunitario – SRIC (solo para fase 0 – idea o necesidad). 
  2. Formato F-ADT-085Listado de Beneficiarios y Caracterización FONAT” diligenciado, que contenga la cantidad inicial de los potenciales beneficiarios del futuro proyecto. 
  3. Formato F-ADT-002Listado de predios a beneficiar proyectos de adecuación de tierras” que contenga cantidad inicial de posibles predios potenciales a beneficiar con el futuro proyecto.

Este es el caso en que un pequeño productor o un grupo de productores y/o organización solo tiene la idea o necesidad de desarrollar un sistema de riego individual o comunitario (SRIC) y no cuenta con los estudios de preinversión necesarios para llevarlo a cabo.

Para el momento de la POSTULACIÓN DEL PROYECTO DE PREINVERSIÓN al FONAT, ya sea para la elaboración de los estudios o para la actualización, complementación y/o revaluación de estudios existentes se deben presentar los siguientes formatos.

  1. Formato F-ADT-081 Carta de presentación de proyectos al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras FONAT” diligenciado con los soportes de identificación de quién firma y antecedentes judiciales, fiscales, disciplinarios y REDAM.
  2. Formato F-ADT-084 Formulación y Estructuración proyectos Fondo Nacional de Adecuación de Tierras FONAT”. Debe diligenciarse conforme a la fase a financiar de los estudios de preinversión (Fase I, II o III).
  3. Formato F-ADT-085Listado de Beneficiarios y Caracterización FONAT”: Documento diligenciado con sus respectivos anexos de caracterización poblacional (campesinos, víctimas, mujeres rurales, jóvenes rurales, comunidades indígenas, afrodescendientes, negras, raizales, palenqueras, Rrom, gitanas, entre otras). 
  4. Formato F-ADT-002 “Listado de predios a beneficiar proyectos de adecuación de tierras”. 

Adicionalmente a los anteriores formatos dependiendo si el proyecto corresponde a Fase I, Fase II o Fase III, se debe anexar lo siguiente:

Fase I – Elaboración del perfil del proyecto

  1. Formato F-ADT-103Ficha técnica nuevo proyecto de distritos de adecuación de tierras – Fase 0 – Ideal del proyecto”.

Fase II – Elaboración de la prefactibilidad del proyecto

  1. Estudios de preinversión del proyecto elaborados en la fase I – perfil.

Fase III – Elaboración de factibilidad – diseños detallados del proyecto

  1. Formato F-ADT-014– “Acta inicial de compromiso de recuperación de inversiones fase de prefactibilidad proyectos de adecuación de tierras”, para proyectos de preinversión que terminaron la fase II – prefactibilidad y pasan a fase III, si existe y fue firmada, en caso contrario se deberá justificar en el proyecto porque no fue suscrita. 
  2. Estudios de preinversión del proyecto elaborados en la fase II – prefactibilidad.

Finalmente, se deben anexar los documentos de soporte del proyecto, cuando aplique, así:

  1. Documentos soporte de cumplimiento de requisitos legales, técnicos, ambientales, productivos y sociales.
  2. Documentos soporte para la calificación según tipología de proyecto (certificados para acreditar enfoque diferencial: indígenas, afrodescendientes, mujeres rurales, joven rural, víctimas, etc.)
  3. Documentos soporte de la cofinanciación: Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP, certificación bancaria, certificación de cupo de crédito preaprobado o aprobado, o cualquier otro documento que demuestre la intención de aportar cofinanciación (únicamente si el proyecto contempla aporte de cofinanciación).

Para el momento de la POSTULACIÓN DE UN PROYECTO  DE CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN, REHABILITACIÓN, COMPLEMENTACIÓN Y/O MODERNIZACIÓN Y REPOSICIÓN DE MAQUINARIA al FONAT, se deben presentar los siguientes formatos.

  1. Formato F-ADT-081Carta de presentación de proyectos al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras FONAT” diligenciado con los soportes de identificación de quién firma y antecedentes judiciales, fiscales, disciplinarios y REDAM .
  2. Formato F-ADT-084Formulación y Estructuración proyectos Fondo Nacional de Adecuación de Tierras FONAT”. Debe diligenciarse conforme al tipo de proyecto a financiar, es decir: construcción de distrito nuevo, ampliación, complementación, rehabilitación y/o modernización de distritos existentes o reposición de maquinaria pesada que cumplió su vida útil en distritos existentes por una única vez hasta completar el banco de maquinaria óptimo.
  3. Formato F-ADT-085Listado de Beneficiarios y Caracterización FONAT”: Documento diligenciado con sus respectivos anexos de caracterización poblacional (campesinos, víctimas, mujeres rurales, jóvenes rurales, comunidades indígenas, afrodescendientes, negras, raizales, palenqueras, Rrom, gitanas, entre otras). 
  4. Formato F-ADT-002 “Listado de predios a beneficiar proyectos de adecuación de tierras”. Se deben registrar únicamente los predios que se benefician con las inversiones (pueden ser todos los predios o solo una parte) y se debe anexar el Registro General de Usuarios – RGU actual del distrito, en el formato de la Agencia o en el formato de la Asociación de Usuarios. 
  5. Formato F-ADT-102 – “Acta de compromiso de postulación de proyectos al FONAT para la recuperación de inversión en distritos de adecuación de tierras” o F-ADT-052 –Acta final de compromiso para la inversión en distritos de adecuación de tierras”, según aplique. Se debe presentar el formato F-ADT-102 para proyectos que no cuenten al memento de la postulación con el formato F-ADT-052. En todo caso, al momento de la viabilización del proyecto se deberá presentar el formato F-ADT-052 so pona del rechazo del mismo.
  6. Concepto de viabilidad del proyecto emitido por los profesionales que elaboraron los estudios de preinversión del proyecto, en el que se indique inequívocamente que el proyecto es viable desde el punto de vista técnica, legal, ambiental, social, económico y financiero.
  7. Concepto de aceptación de los estudios de preinversión del proyecto por parte del Comité Técnico de la Asociación de Usuarios.
  8. Concepto previo de validación de la viabilidad del proyecto expedido por la Vicepresidencia de Integración Productiva de la ADR, en el que se indique que el los estudios de preinversión del proyecto cumplen con el alcance y especificaciones del Manual de Normas Técnicas Básicas para la Realización de Proyectos de Adecuación de Tierras vigente al momento de la postulación y que se validó la viabilidad del proyecto.
  9. Estudios de preinversión del proyecto elaborados con todos los anexos como planos, memorias de cálculo, estudios básicos, etc.; debidamente suscritos o firmados por los profesionales que los elaboraron.

Finalmente, se deben anexar los documentos de soporte del proyecto, cuando aplique, así:

  1. Documentos soporte de cumplimiento de requisitos legales, técnicos, ambientales (licencias y/o permisos), productivos y sociales (certificación de presencia de comunidades étnicas o consulta previa (si aplica)).
  2. Documentos soporte para la calificación según tipología de proyecto (certificados para acreditar enfoque diferencial: indígenas, afrodescendientes, mujeres rurales, joven rural, víctimas, etc.)
  3. Documentos soporte de la cofinanciación: Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP, certificación bancaria, certificación de cupo de crédito preaprobado o aprobado, o cualquier otro documento que demuestre la intención de aportar cofinanciación (únicamente si el proyecto contempla aporte de cofinanciación).

Para el momento de la POSTULACIÓN DE UN PROYECTO  DE SISTEMAS DE RIEGO INDIVIDUALES Y/O COMUNITARIOS (PREINVERSIÓN O CONSTRUCCIÓN) al FONAT, se deben presentar los siguientes formatos.

  1. Formato F-ADT-081Carta de presentación de proyectos al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras FONAT” diligenciado con los soportes de identificación de quién firma y antecedentes judiciales, fiscales, disciplinarios y REDAM .
  2. Formato F-ADT-084Formulación y Estructuración proyectos Fondo Nacional de Adecuación de Tierras FONAT”. Debe diligenciarse conforme al tipo de proyecto a financiar, es decir: preinversión o construcción de sistemas de riego individuales o comunitarios.
  3. Formato F-ADT-085Listado de Beneficiarios y Caracterización FONAT”: Documento diligenciado con sus respectivos anexos de caracterización poblacional (campesinos, víctimas, mujeres rurales, jóvenes rurales, comunidades indígenas, afrodescendientes, negras, raizales, palenqueras, Rrom, gitanas, entre otras).
  4. Formato F-ADT-002Listado de predios a beneficiar proyectos de adecuación de tierras”, aplica únicamente para proyectos comunitarios
  5. Formato F-ADT-104“Ficha de información sistemas de riego individuales o comunitarios”, para postulación inicial de una iniciativa de proyecto de sistemas de riego individual o comunitario – SRIC que no cuenta con estudios de preinversión elaborados con anterioridad.

Finalmente, se deben anexar los documentos de soporte del proyecto, cuando aplique, así:

  1. Documentos soporte de cumplimiento de requisitos legales, técnicos, ambientales (permisos), productivos y sociales (certificación de presencia de comunidades étnicas o consulta previa (si aplica)).
  2. Documentos soporte para la calificación según tipología de proyecto (certificados para acreditar enfoque diferencial: indígenas, afrodescendientes, mujeres rurales, joven rural, víctimas, etc.)
  3. Documentos soporte de la cofinanciación: Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP, certificación bancaria, certificación de cupo de crédito preaprobado o aprobado, o cualquier otro documento que demuestre la intención de aportar cofinanciación (únicamente si el proyecto contempla aporte de cofinanciación).

La formulación de proyectos de Sistemas de Riego Individuales o Comunitarios – SRIC debe realizarse siguiendo las indicaciones técnicas del “Anexo de Orientaciones para la aplicación del Manual de la Resolución 132 de 2021 del MADR”.

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Criterios de calificación

  • Aporte de cofinanciación.
  • Índice de condiciones para la inversión – (Herramienta de Análisis Multicriterio – UPRA).
  • Enfoque diferencial.
  • Grado interés de beneficiarios en el proyecto.
  • Rentabilidad social del proyecto.
  • Localización del proyecto.
  • Índice de concentración de productores.
  • Enfoque territorial.
  • Uso eficiente del agua y energía.
  • Producción de líneas productivas con acuerdos de comercialización.
  • Aporte de cofinanciación
  • Enfoque diferencial.
  • Grado interés de postulantes en el proyecto (para predios comunitarios).
  • Rentabilidad social del proyecto.
  • Enfoque territorial.
  • Uso eficiente del agua y energía.
  • Producción de líneas productivas con acuerdos de comercialización.
Una vez calificados los proyectos, según el puntaje obtenido, serán sometidos al proceso de priorización y presentados al Comité Técnico de Priorización de Proyectos del FONAT para su recomendación de aprobación por parte del Presidente de la ADR, de acuerdo con unos criterios técnicos, judiciales, de enfoque diferencial y de interés estratégico, entre otros.

Trámites Asociaciones de Usuarios de Distritos

“Las asociaciones son actores clave en la sostenibilidad de los distritos”.

Trámites:

  • Viabilidad personería jurídica.
  • Certificado de existencia y representación legal.
  • Viabilidad reforma de estatutos.
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Este trámite se presta tanto para personas que cuentan con un distrito, pero aún no han constituido una asociación de usuarios como para quienes comenzarán a construir un nuevo distrito de adecuación de tierras y, de manera paralela, formarán su asociación.

Quienes construyeron un distrito, pero no han constituido la asociación de usuarios deben solicitar a la ADR, Unidad Técnica Territorial, el trámite de personería jurídica escribiendo a correspondencia@adr.gov.co, con el asunto “Solicitud trámite de personería jurídica asociación de usuarios con distrito existente”.

Haga clic aquí para descargar los requisitos y formatos del trámite.

Cuando se tiene un proyecto para construir un nuevo distrito, es necesario que el proyecto cuente con un estudio de factibilidad viable para que se solicite ante la Agencia de Desarrollo Rural el concepto de viabilidad para constituir la asociación de usuarios y realizar el trámite de personería jurídica.

Para lo anterior, se deberá radicar ante la Unidad Técnica Territorial correspondiente los documentos necesarios para el trámite. Haga clic aquí para descargar los documentos y requisitos que orientan el proceso de constitución de la asociación de usuarios de distritos de adecuación de tierras.

Luego, envíelos a correspondencia@adr.gov.co con el asunto “Solicitud trámite de personería jurídica asociación de usuarios distrito nuevo”.

Una vez estudiados los documentos relacionados con el formato de solicitud de personería jurídica y validado el cumplimiento de requisitos, la Agencia de Desarrollo Rural procederá a emitir concepto de viabilidad y remitirá al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la documentación de la futura asociación de usuarios. Será el Ministerio el que otorgue la personería jurídica mediante la expedición de la resolución de reconocimiento.

Una vez la asociación cuente con personería jurídica, podrá solicitar el certificado de existencia y representación legal, donde consta su reconocimiento e inscripción ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, así como su naturaleza, objeto, formación de junta directiva, fiscal y representante legal vigentes.

Haga clic aquí para descargar los requisitos y formatos del trámite. Diligéncielos y envíelos como documento adjunto al correo electrónico correspondencia@adr.gov.co para solicitar el certificado, con el asunto “Solicitud expedición certificación de existencia y representación legal”.

La Agencia de Desarrollo Rural verificará si los documentos se ajustan a la normatividad vigente y a los estatutos de la asociación de usuarios. Asimismo, validará antecedentes fiscales, penales y disciplinarios de los integrantes de junta directiva, fiscal, revisoría fiscal, representación legal y/o gerente.

Recuerde: La ADR no expide certificaciones para asociaciones de usuarios de distritos de adecuación de tierras que no cuenten con resolución de personería jurídica del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Los estatutos son el reglamento de la asociación. Su contenido debe acordarse entre todas las partes y son de cumplimiento obligatorio. Una asociación puede reformarlos con la aprobación de la asamblea general de usuarios, de acuerdo con las necesidades de la colectividad y siempre que no se contradiga con la Ley 41 de 1993 y la normatividad aplicable.

En este caso, quien haga las veces de representante legal de la asociación de usuarios debe solicitar la aprobación de la reforma de estatutos ante la Agencia de Desarrollo Rural. Para hacer esta solicitud, descargue los requisitos y formatos correspondientes haciendo clic aquí y envíelos diligenciados a correspondencia@adr.gov.co, con el asunto “Solicitud viabilidad y aprobación reforma estatutos” y el nombre de la asociación.

La Agencia verificará la validez de la reforma y remitirá su concepto de viabilidad al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para su aprobación mediante resolución.

Recuerde: La reforma de estatutos no entrará a regir mientras no haya sido declarada viable por parte de la Agencia de Desarrollo Rural y aprobada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

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